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Trámite para la prestación por desempleo

desempleo1. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR  PARA HACER EL TRÁMITE POR DESEMPLEO

A).- DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA

- Original del D.N.I. (nótese que se pide el documento original).

B).- DOCUMENTACIÓN EN CASO DE TENER HIJOS MENORES DE 26 AÑOS O MAYORES DISCAPACITADOS QUE CONVIVAN CON LA PERSONA SOLICITANTE DE LA PRESTACIÓN

Estas personas, además de la documentación obligatoria, deben presentar: 

- Original del libro de familia (nótese que se pide el original). - Si los hijos tienen 16 años o más: si trabajan deben presentar fotocopia de la nómina y si no trabajan fotocopia del D.N.I.

 2. Personal laboral FIJO DISCONTINUO DE LA ISLA DE GRAN CANARIA.

Días en que se tramitarán las solicitudes de prestaciones/subsidios por desempleo (Gran Canaria) :

TODO el personal LABORAL FIJO DISCONTINUO DÍA 3 DE JULIO DE 2018 (DE 09:00 A 13:00 HH). 

IMPORTANTE: El acceso al edificio se realizará por la calle Granadera Canaria, núm. 2.

IMPORTANTE: Fuera del día señalado, el personal que vaya a presentar su solicitud de prestaciones por desempleo tendrá que acudir a su correspondiente Oficina de Empleo.

 

Personal LABORAL TEMPORAL DISCONTINUO cuyo primer apellido comience por las letras que se hallen comprendidas entre la “A” Y “G”, AMBAS INCLUSIVE: De la A a la G DÍA: 4 DE JULIO DE 2018 (DE 09:00 A 13:00 HH). 

Personal LABORAL TEMPORAL DISCONTINUO cuyo primer apellido comience por las letras que se hallen comprendidas entre LA “H” Y “P”, AMBAS INCLUSIVE: De la H a la P DÍA: 5 DE JULIO DE 2018 (DE 09:00 A 13:00 HH). 

Personal LABORAL TEMPORAL DISCONTINUO cuyo primer apellido comience por las letras que se hallen comprendidas entre LA “Q” Y “Z”, AMBAS INCLUSIVE: De la Q a la Z DÍA: 6 DE JULIO DE 2018 (DE 09:00 A 13:00 HH). I

IMPORTANTE: El acceso al edificio se realizará por la calle Granadera Canaria, núm. 2.

IMPORTANTE: Fuera de los días señalados, el personal que vaya a presentar su solicitud de prestaciones por desempleo tendrá que acudir a su correspondiente Oficina de Empleo. 

 

4. Personal laboral SUSTITUTO DISCONTINUO (GRAN CANARIA)

El personal laboral SUSTITUTO DISCONTINUO, aún cuando este colectivo realice su prestación de servicios con carácter discontinuo, deberá acudir a su correspondiente Oficina de Empleo. No será necesario que pasen previamente por la Dirección Territorial, pues los certificados de Empresa serán enviados electrónicamente. Por tanto, sólo deberán personarse en su correspondiente Oficina de Empleo e indicar que el certificado de empresa ha sido enviado electrónicamente.

 

5. PERSONAL LABORAL DISCONTINUO DE LA ISLA DE FUERTEVENTURA El personal laboral discontinuo de la Isla de FUERTEVENTURA (fijos, temporales y sustitutos) deberá acudir a su correspondiente Oficina de Empleo (Puerto del Rosario o Gran Tarajal, según corresponda), con toda la documentación relacionada en el apartado uno, en los días siguientes:

Todo el personal discontinuo (incluidos fijos, temporales y sustitutos) cuyo primer apellido comience por las letras que se hallen comprendidas entre LA “A” Y “M”, AMBAS INCLUSIVE De la A a la M DÍA: 5 DE JULIO DE 2018 (DE 09:00 A 13:00 HH).

Todo el personal discontinuo (incluidos fijos, temporales y sustitutos) cuyo primer apellido comience por las letras que se hallen comprendidas entre LA “N” Y “Z”, AMBAS INCLUSIVE De la N a la Z DÍA: 6 DE JULIO DE 2018 (DE 09:00 A 13:00 HH). Se deberá retirar número en el dispensador de la oficina dentro de la opción "Consejería de Educación" o similar, creada para atender exclusivamente estas solicitudes.

IMPORTANTE: Los que acudan fuera de esos días serán atendidos por el sistema de cita previa normalizado. Los municipios que pertenecen a la oficina de Gran Tarajal son Tuineje y Pájara (códigos postales del 35620 al 35628). Los de la oficina de Puerto del Rosario son Puerto del Rosario, Betancuria, Antigua y La Oliva (C.P. 35600, 35640, 35630 y 35637).

 

6. PERSONAL LABORAL DISCONTINUO DE LA ISLA DE LANZAROTE El personal discontinuo de la Isla de LANZAROTE (fijos, temporales y sustitutos) que vaya a solicitar prestaciones deberá acudir el día 5 de julio de 2018, a lo largo de la mañana, con toda la documentación relacionada en el apartado uno, a la Oficina de Empleo, calle Manolo Millares, 108, 35500, Arrecife. Se deberá retirar número en el dispensador de la oficina dentro de la opción "Consejería de Educación" o similar, creada para atender exclusivamente estas solicitudes.

 

PERSONAL DISCONTÍNUO EN SITUACIÓN DE INCAPACIDAD TEMPORAL (BAJA MÉDICA).

7.1. ISLA DE GRAN CANARIA. Los/as trabajadores/as discontinuos, ya sean estos/as fijos, temporales o sustitutos, que se encuentren en situación de Incapacidad Temporal (baja médica) en el momento del fin del ciclo de actividad –el 30 de junio de 2018-, a partir del día 6 de julio de 2018, han de pasar por las mesas de la Oficina de Información, Edificio Granadera Canaria, acceso por la Avda. Alcalde Díaz-Saavedra Navarro, núm. 42-B, donde se les hará entrega de los correspondientes “Certificados relativos al trabajador”, sin necesidad de solicitarlos, ya que a partir del 1 de julio de 2018, y mientras continúe dicha situación (baja médica), será el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o la Mutua de Accidentes de Canarias (MAC), según que el proceso de Incapacidad Temporal derive de enfermedad común o accidente no laboral o de accidente de trabajo o enfermedad profesional, la Entidad que se encargue de abonar directamente la prestación que, en cada caso, corresponda a los/as afectados/as.

7.2 ISLAS DE FUERTEVENTURA Y LANZAROTE. Igualmente, los/as trabajadores/as discontinuos, ya sean estos/as fijos, temporales o sustitutos, que se encuentren en situación de Incapacidad Temporal (baja médica) en el momento del fin del ciclo de actividad –el 30 de junio de 2018-, a partir del día 6 de julio de 2018, han de pasar por la correspondiente Dirección Insular, para retirar los correspondientes “Certificados relativos al trabajador”, ya que a partir del 1 de julio de 2018, y mientras continúe dicha situación (baja médica), será el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o la Mutua de Accidentes de Canarias (MAC), según que el proceso de Incapacidad Temporal derive de enfermedad común o accidente no laboral o de accidente de trabajo o enfermedad profesional, la Entidad que se encargue de abonar directamente la prestación que, en cada caso, corresponda a los/as afectados/as.

7.3. Las personas mencionadas en los apartados anteriores (7.1. y 7.2.) que causen alta médica el 30 de junio de 2018, o con anterioridad a dicha fecha, deberán poner tal circunstancia de forma inmediata en conocimiento de la Dirección Territorial a efectos de su comunicación al SEPE.

7.4. Igualmente, aquellas personas que causen alta médica durante los meses de julio y agosto, esto es, con fecha de alta médica posterior al 30 de junio de 2018, deberán comunicarlo de forma inmediata a la Dirección Territorial a efectos de regularizar su situación en los programas informáticos de la misma, evitándose así incidencias no deseadas en las nóminas a inicios del próximo curso escolar.

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